Madrid prohibe circular a las motos antiguas

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado en Pleno la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible para en sus términos “compatibilizar la lucha contra la contaminación con el desarrollo económico” que sustituye al antiguo Madrid Central.



El principal cambio que introduce la Ordenanza es que desde el 1 de enero de 2022 toda la ciudad de Madrid se irá convirtiendo paulatinamente en una Zona de Bajas Emisiones, de modo que podrá haber parquímetros e incluso restricciones de tráfico en otras zonas más allá del actual Madrid Central. Las multas también empezarán ese mismo día.

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El Ayuntamiento de Madrid prohibirá circular con motos antiguas y aparcar en las aceras

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado en Pleno la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible para en sus términos “compatibilizar la lucha contra la contaminación con el desarrollo económico” que sustituye al antiguo Madrid Central.

El principal cambio que introduce la Ordenanza es que desde el 1 de enero de 2022 toda la ciudad de Madrid se irá convirtiendo paulatinamente en una Zona de Bajas Emisiones (ZBE), de modo que podrá haber parquímetros e incluso restricciones de tráfico en otras zonas más allá del actual Madrid Central. Las multas también empezarán ese mismo día, aunque no mediante un sistema de cámaras automatizado. El Ayuntamiento ha informado que una vez instalado el sistema automatizado, existirá un periodo de información durante los dos primeros meses donde solo se notificará la infracción.

El texto sienta las bases para que se creen dos ZBE de Especial Protección en Centro, antiguo Madrid Central, y añade la zona de Plaza Elíptica. Esta última activará cámaras a finales de diciembre y Madrid interior de M-30 estará operativa desde el 1 de enero de 2022 controlada en principio por agentes; ambas restringen el acceso a todos los vehículos que no cuentan con distintivo ambiental por ser altamente contaminantes.

Progresivamente, y de año en año, las medidas serán más restrictivas para dichos vehículos antiguos, hasta que en 2025 ningún vehículo sin etiqueta medioambiental, empadronado o no en la ciudad de Madrid, pueda circular por todo el municipio.

 

Novedades y restricciones para las motos

Estacionar en aceras quedará prohibido en todo Madrid salvo que concurran una serie de situaciones especiales. Entre ellas, están comprendidas que no encontremos una zona reservada para motos a 100 metros, que no haya una señal de prohibición expresa, que la acera supere los tres metros de ancho y que no nos encontremos en una calle peatonal.

El Ayuntamiento será el encargado de crear dichas zonas de estacionamiento para motocicletas. Al proyecto inicial presentado en mayo, que regula el estacionamiento de ciclomotores, motocicletas y vehículos de dos o tres ruedas, se le añade la obligación de que las Juntas de Distrito deberán habilitar plazas en la calzada para evitar que las motos estacionen en acera.

Estos aparcamientos estarán situados en bandas de estacionamiento y tendrán que aparcar de forma oblicua a la acera. Cuando no dispongamos de estos espacios, deberemos hacerlo en las bandas de estacionamiento convencionales donde aparcan el resto de vehículos, aumentando el riesgo de derribos o roces. Las motos de alquiler también tendrán la obligación de no aparcar en la acera y no podrán ocupar más del 50% de las plazas destinadas para motos en las zonas reservadas.

El acceso al interior de la M30 estará limitado para todas las motocicletas que no dispongan de etiqueta medioambiental (todas las anteriores a 2003). Desde Legal Moto, asesoría jurídica experta en motocicletas señalan que la normativa merece una revisión dado que estas motos representan un gran porcentaje del parque móvil de la ciudad y son una solución a la movilidad en las ciudades: “Las motos son mucho menos contaminantes que los coches y evitan más congestión en la capital […] Esta falta de previsión obliga a los propietarios a deshacerse de estas motos y no todos podrán asumir la compra de una nueva”. Además señalan, que aunque las cámaras automatizadas no estarán operativas hasta nuevo aviso, los agentes de movilidad podrán multar a todo aquel que se aventure a circular de forma no reglamentaria.

De igual manera se recupera el horario de Madrid Central y las sanciones, que impedía circulan a motocicletas y ciclomotores por dentro de la almendra central, incorporándose también la nueva ZBE de la Plaza Elíptica, de 7 a 22 horas.

Quedará también completamente prohibida la circulación y el estacionamiento de motocicletas, ciclomotores, bicicletas y VMP en las calles peatonales, como gran parte de la Calle Fuencarral, o en las zonas peatonales y en las calles y espacios declarados de especial protección para el peatón.

 

Calendario de restricciones a los más contaminantes

Comenzando por las zonas donde los niveles de contaminación son más elevados (interior de la M-30), el calendario de limitaciones a la circulación establecido para aquellos vehículos sin distintivo ambiental, en el caso de las motos todas las anteriores a 2003, que no estén empadronados en Madrid, es el siguiente:

A partir del 1 de enero de 2022, queda prohibido el acceso y circulación a los vehículos sin etiqueta por el interior de la M-30, excluyendo la propia M-30. Esta ZBE comenzará a funcionar en esa fecha con control de agentes de la autoridad. Una vez se ponga en marcha el contrato automatizado, se iniciará la fase de aviso que contempla la propia ordenanza durante dos meses, es decir, enviando una comunicación a los infractores sin emitir sanción automatizada.

Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido su acceso y su circulación por el interior de la M-30 y de la propia M-30.

Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE.

Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición se extiende también para los vehículos sin distintivo domiciliados en la capital. 

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